Condiciones generales
Condiciones de venta y entrega de SLS - Smartlightsolutions GmbH para clientes empresariales
Actualización: 05.10.2026
1. Ámbito de aplicación y partes contratantes
1.1 Estas condiciones se aplican a las ventas y entregas de SLS - Smartlightsolutions GmbH, Linsenkamp 8b, 22175 Hamburg, Alemania, en adelante «SLS», a empresarios en el sentido del § 14 del Código Civil alemán (BGB), personas jurídicas de derecho público y patrimonios especiales de derecho público. No se aplican a contratos con consumidores en el sentido del § 13 BGB.
1.2 Estas condiciones se incorporan al celebrarse el contrato correspondiente. El mero uso del sitio web o el envío de una consulta no vinculante no constituye un contrato de compraventa. Se aplican a operaciones posteriores únicamente en la medida en que su aplicación se haya acordado válidamente.
1.3 Las condiciones del cliente que entren en conflicto solo se aplican si SLS las acepta expresamente. Los acuerdos individuales tienen prioridad. Se mantienen los requisitos legales de forma.
2. Ofertas y celebración del contrato
2.1 Las presentaciones de productos en el sitio web y en la documentación general no son ofertas contractuales vinculantes. Las ofertas de SLS no son vinculantes salvo que se indiquen expresamente como tales o incluyan un plazo de aceptación.
2.2 El contrato se celebra mediante la aceptación de una oferta vinculante o la confirmación del pedido por SLS. La confirmación puede realizarse en forma de texto, en particular por correo electrónico. Es posible un acuerdo individual diferente.
2.3 Son determinantes los productos, cantidades, modelos, características y condiciones de entrega acordados. La información de la documentación general no constituye una garantía independiente salvo que se otorgue expresamente. Se mantienen las características acordadas y los requisitos legales imperativos.
2.4 El cliente debe comunicar los requisitos especiales de uso o compatibilidad antes de celebrar el contrato. Los cambios posteriores en la prestación, los costes o los plazos de entrega requieren un acuerdo; no surten efecto unilateralmente por estas condiciones.
3. Precios y pago
3.1 Se aplican los precios acordados. Salvo indicación contraria, se expresan en euros sin el IVA legal. Los gastos de envío, embalaje y otros costes accesorios se especifican en la oferta. En entregas transfronterizas, los aranceles y costes de importación se asignan según la condición de entrega acordada.
3.2 Los cambios de precios acordados tras celebrar el contrato requieren un acuerdo con el cliente. Se mantienen los derechos legales.
3.3 Salvo acuerdo contrario, las facturas se pagan sin deducciones en los diez días naturales siguientes a su recepción. Los anticipos acordados vencen en la fecha pactada. Los medios de pago disponibles se indican en la oferta o factura.
3.4 La mora se rige por la ley. Para créditos de pago en los que no interviene un consumidor, se aplican, si concurren los requisitos, intereses de demora de nueve puntos porcentuales sobre el tipo básico y la cantidad fija legal de 40 euros. Se reserva el derecho a reclamar otros daños indemnizables, teniendo en cuenta las imputaciones legales.
3.5 El cliente puede compensar créditos no controvertidos, reconocidos judicialmente con carácter firme o derivados de la misma relación contractual. Se mantiene el derecho de retención por créditos de esa misma relación. No impugnar pronto una factura no supone aceptar todas sus partidas.
4. Entrega, transporte y transmisión del riesgo
4.1 Las fechas y plazos de entrega se rigen por el acuerdo. Un plazo acordado presupone que se hayan aclarado los datos técnicos y comerciales necesarios y se hayan cumplido las obligaciones de colaboración o anticipo. Se tienen en cuenta los efectos reales de un retraso en la colaboración.
4.2 Salvo acuerdo distinto en la oferta o confirmación del pedido, la entrega es DAP en la dirección acordada conforme a Incoterms® 2020. SLS organiza el transporte hasta el destino indicado. La distribución de riesgos y costes, incluida la descarga y, en su caso, el despacho de importación, sigue esa condición. Se mantienen los gastos de envío acordados e indicados por separado.
4.3 Si se acuerda otra condición de entrega, rigen esa condición, el lugar indicado y la versión aplicable de Incoterms. Los aspectos no regulados se rigen por la ley. Los Incoterms no regulan la transmisión de la propiedad ni las condiciones de pago.
4.4 Se permiten entregas parciales razonables siempre que no perjudiquen la finalidad del contrato. SLS asume los gastos de envío adicionales resultantes salvo acuerdo contrario.
4.5 Cuando sea posible, los daños de transporte evidentes deben documentarse al recibir la mercancía y comunicarse pronto a SLS. Esta solicitud organizativa no establece una exclusión general adicional de derechos legales. Se mantienen las obligaciones legales de inspección y notificación de la sección 6.
5. Impedimentos extraordinarios para la prestación
5.1 Los acontecimientos ajenos al control razonable de una parte, que no puedan evitarse con la diligencia exigible, pueden justificar un ajuste temporal del plazo de prestación. Entre ellos pueden figurar catástrofes naturales, guerra, medidas oficiales lícitas o perturbaciones graves comparables. Las incidencias operativas ordinarias o los problemas de suministro evitables no constituyen por sí solos fuerza mayor.
5.2 La parte afectada informará a la otra sin demora indebida del impedimento y su duración prevista y realizará esfuerzos razonables para solucionarlo. Los plazos solo se amplían por la duración real del impedimento más un periodo razonable de reanudación. Se reembolsarán los importes pagados por prestaciones que ya no puedan ejecutarse.
5.3 Si el impedimento dura más de 30 días naturales y no es razonable continuar la prestación pendiente, cualquiera de las partes puede resolver el contrato respecto de ella. Se mantienen los derechos legales de desistimiento, resolución e indemnización. La responsabilidad se rige por la sección 7.
6. Derechos por defectos y plazos de prescripción
6.1 Los derechos por defectos materiales y jurídicos se rigen por la ley salvo que se acuerde válidamente otra cosa a continuación. Estas condiciones no excluyen características prometidas ni usos previstos contractualmente.
6.2 Si la compra es una operación mercantil para ambas partes, se aplican las obligaciones de inspección y denuncia del § 377 del Código de Comercio alemán (HGB). Los defectos reconocibles deben denunciarse sin demora indebida tras una inspección adecuada al curso ordinario de los negocios. Los defectos ocultos que aparezcan después deben denunciarse sin demora indebida tras su descubrimiento. Se mantienen las excepciones legales, especialmente en caso de dolo.
6.3 Ante un defecto, SLS tiene inicialmente derecho a subsanar conforme a la ley. El cliente conserva la elección legal entre reparación y sustitución; se mantienen los derechos legales a rechazar la prestación. SLS asume los costes de subsanación exigidos legalmente.
6.4 Si la subsanación fracasa, se rechaza justificadamente, no es razonable o transcurre sin éxito el plazo razonable necesario, el cliente puede reducir el precio, resolver el contrato o reclamar daños si concurren los requisitos legales. La indemnización se rige por la sección 7.
6.5 Las reclamaciones por defectos de bienes muebles entregados prescriben, por regla general, al año de la entrega. Esta reducción no se aplica a dolo, garantías otorgadas, reclamaciones bajo la ley de responsabilidad por productos, daños a la vida, integridad física o salud, conducta intencionada o negligencia grave. Tampoco se aplica a indemnizaciones por incumplir obligaciones contractuales esenciales de la sección 7.2, a los supuestos del § 438, apartado 1, números 1 y 2 BGB ni al derecho de regreso contra proveedores protegido legalmente, en particular conforme a los §§ 445a, 445b y 478 BGB. En esos casos se aplican los plazos legales o las condiciones de garantía correspondientes. Se mantienen las disposiciones legales sobre resolución y reducción del precio.
6.6 Los daños surgidos después de la transmisión del riesgo por uso indebido, intervención no autorizada o incumplimiento de instrucciones aplicables no originan por sí solos derechos por defectos. Se mantienen los derechos relativos a defectos preexistentes o imputables a SLS.
6.7 Acordar previamente las devoluciones y, en su caso, asignar un número de devolución facilita la tramitación. Ninguno es un requisito adicional para los derechos legales por defectos. Las garantías voluntarias del fabricante coexisten con los derechos legales y no los sustituyen.
7. Responsabilidad
7.1 SLS responde conforme a la ley por dolo y negligencia grave, lesiones culpables a la vida, integridad física o salud, conforme a la ley de responsabilidad por productos y en caso de fraude. La responsabilidad por garantías otorgadas sigue sus condiciones. Se mantiene la responsabilidad legal imperativa.
7.2 Por incumplimiento de una obligación contractual esencial causado por negligencia leve, SLS responde de los daños previsibles y típicos del contrato. Son esenciales las obligaciones cuyo cumplimiento permite ejecutar correctamente el contrato y en cuya observancia el cliente puede confiar habitualmente.
7.3 En los demás casos se excluye la responsabilidad por negligencia leve. Estas disposiciones también se aplican a la responsabilidad personal de representantes legales, empleados y auxiliares de SLS, en la medida permitida por la ley.
8. Reserva de dominio y garantías
8.1 Los bienes entregados siguen siendo propiedad de SLS hasta el pago íntegro de todos los créditos garantizados derivados de la relación comercial. El cliente debe tratar con cuidado los bienes con reserva de dominio e informar a SLS sin demora indebida de embargos u otras intervenciones de terceros.
8.2 El cliente puede revender los bienes con reserva de dominio en el curso ordinario de sus negocios. El cliente cede desde este momento a SLS los créditos de la reventa hasta el valor facturado de los bienes, IVA incluido; SLS acepta la cesión. El cliente sigue autorizado a cobrarlos mientras no peligren los intereses legítimos de garantía de SLS.
8.3 Si los bienes se transforman o unen inseparablemente con otros, SLS adquiere copropiedad, cuando sea legalmente posible, en proporción al valor facturado de los bienes con reserva respecto al valor de los otros bienes en ese momento. Las disposiciones de reserva de dominio se aplican a esa copropiedad. La transformación no crea obligaciones adicionales de prestación para SLS.
8.4 Ante un incumplimiento importante no subsanado, especialmente mora, SLS puede ejercer sus garantías y revocar la autorización de cobro si concurren los requisitos legales. La entrega de los bienes solo se exige sobre base legal. Una solicitud de insolvencia no extingue automáticamente el contrato por estas condiciones; se mantiene el derecho concursal imperativo.
8.5 A petición del cliente, SLS libera garantías a su elección en la medida en que su valor realizable supere los créditos garantizados en más de un diez por ciento.
8.6 Si después de celebrar el contrato resulta que el derecho de SLS a la contraprestación peligra por la incapacidad del cliente para cumplir, los derechos a rechazar la prestación, exigir garantías y, en su caso, resolver se rigen por la ley, especialmente el § 321 BGB. Un simple requerimiento no hace exigibles automáticamente todos los créditos aún no vencidos.
9. Documentación y derechos de propiedad intelectual
Las imágenes de productos, marcas, dibujos, documentación y demás materiales están sujetos a los derechos de SLS o sus respectivos titulares. Cualquier uso más allá de la ejecución del contrato, el permiso concedido o los usos legales requiere la autorización correspondiente.
10. Protección de datos
SLS trata datos personales de clientes y contactos empresariales para iniciar y ejecutar contratos, cumplir obligaciones legales y proteger intereses legítimos conforme al RGPD y la normativa aplicable. La información correspondiente se facilita en la política de privacidad del sitio o al recoger los datos. Aceptar estas condiciones no constituye consentimiento para publicidad o seguimiento.
11. Ley aplicable y jurisdicción
11.1 Se aplica el derecho alemán, excluida la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG). Se mantienen las disposiciones legales imperativas aplicables.
11.2 Si el cliente es comerciante, persona jurídica de derecho público o patrimonio especial de derecho público, se acuerda Hamburg como foro en la medida legalmente permitida. Las operaciones transfronterizas están sujetas a las normas imperativas de competencia internacional; un acuerdo válido debe cumplir sus requisitos. Se mantienen los fueros legalmente exclusivos.
11.3 Si una disposición es inválida, se aplican las consecuencias legales. Las restantes mantienen su validez conforme a la ley; una disposición inválida no se sustituye automáticamente por la cláusula económicamente más amplia permitida.